martes, 2 de mayo de 2017

11. Jubilación PEA

11. Jubilación …..Ejercicios PEA (Para Exponer en el Aula)

5.     Cómputo del período de suspensión del contrato de las trabajadoras víctimas de violencia de género

Ref. CISS 4037/2007
CUESTIÓN
Una trabajadora como consecuencia de ser víctima de violencia de género decide abandonar su puesto de trabajo con suspensión del contrato de trabajo. A efectos de carencia para la pensión de jubilación, ¿se computa dicho período de suspensión del contrato?
El período de suspensión con reserva del puesto de trabajo, contemplado en el artículo 48.10 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores para supuestos de violencia de género, tendrá la consideración de período de cotización efectiva a efectos de las correspondientes prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad, desempleo y cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

Art. 165.5 LGSS

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