martes, 2 de mayo de 2017

10. Desempleo …..Ejercicios PEA (Para Exponer en el Aula)

Campo de aplicación. Personas protegidas

Ref. CISS 4273/2007
CUESTIÓN
¿Qué personas están comprendidas en el campo de aplicación de la protección por desempleo?
Artículo 264.- Personas protegidas
Estarán comprendidos en la protección por desempleo, siempre que tengan previsto cotizar por esta contingencia:
a) Los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
b) Los trabajadores por cuenta ajena incluidos en los regímenes especiales de la Seguridad Social que protegen dicha contingencia, con las peculiaridades que se establezcan reglamentariamente.
c) Los trabajadores emigrantes que retornen a España y los liberados de prisión, en las condiciones previstas en este título.
d) Los funcionarios interinos, el personal eventual, así como el personal contratado en su momento en régimen de derecho administrativo al servicio de las administraciones públicas.
e) Los miembros de las corporaciones locales y los miembros de las Juntas Generales de los Territorios Históricos Forales, Cabildos Insulares Canarios y Consejos Insulares Baleares y los cargos representativos de las organizaciones sindicales.
f) Los altos cargos de las administraciones públicas con dedicación exclusiva que sean retribuidos por ello y no sean funcionarios públicos, en las condiciones previstas en este título para los trabajadores por cuenta ajena, salvo que tengan derecho a percibir retribuciones, indemnizaciones o cualquier otro tipo de prestación compensatoria como consecuencia de su cese.



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