1 CONTRATO DE TRABAJO. Suspensión del contrato. Causas. Paternidad del trabajador. SEGURIDAD SOCIAL. Prestaciones económicas de la Seguridad Social. Paternidad.
Es un recurso de
suplicación interpuesto por el Institut Nacional de Seguritat Social frente a la
Sentencia del Juzgado de lo Social 33 de Barcelona del 4 de junio de 2012
El 7 de abril de
2011 D. Leandro, interpone una demanda en el Juzgado 33 de lo Social de
Barcelona sobre el Institut Nacional de
la Seguridad Social Tesorería General de la Seguridad social y Agencia Estatal
de la Administración Tributaria reclamando derechos de contrato de trabajo del
permiso de 15 días naturales retribuidos de paternidad.
Antecedentes:
Desde el 22/02/2007, Leandro,
el demandante, tiene su condición de
personal laboral indefinido de carácter discontinuo con la Agencia Tributaria,
con la categoría profesional de auxiliar
de Administración e información, grupo profesional 04 y área funcional
administrativa y gestión de tributos. Estando
durante los periodos de entre campaña en situación de alta o asimilado al alta
El 14/10/2009 Nace su hijo
El 8/03/2010, solicita el
permiso de paternidad ante el INSS.
El 12/03/2010, se reincorpora
a así trabajo en la Agencia Tributaria y solicita el certificado de la empresa
para poder acceder al permiso por paternidad.
El 21/03/2010, el INSS desiste
de la petición realizada por D. Leandro ya que no ha aportado el certificado de
la empresa necesario en los 10 días de plazo que tenía para presentarlo.
El 07/05/2010, el departamento
de RRHH de la Agencia Tributaria, desestima la solicitud que hizo el
12/03/2010, debido a que no había acreditado suficientemente la fecha de
nacimiento de su hijo, aunque sí admiten su derecho a disfrutar del permiso. (Pero
no aceptan su solicitud)
1/07/2010, Leandro, denuncia
esta situación a la Inspección de Trabajo, y esta le recomienda solicitar un
nuevo permiso de paternidad regulado en el art 49c) del ET y que acredite la
fecha del nacimiento de su hijo.
El 22/11/2010, Leandro vuelve
a solicitar el permiso de paternidad retribuido de 15 días naturales con
acreditación de la fecha de nacimiento de su hijo.
El 1/12/2010 en una carta la
AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) le deniega la prestación
por considerar que debía disfrutar el permiso dentro de los 15 días posteriores
al nacimiento del hijo.
Después de esto, Leandro al no
estar conforme con esta situación, formula una reclamación que fue desestimada
por Resolución definitiva, agotando la vía administrativa.
Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la
parte codemandada el INSTITUT NACIONAL DE LA SEGURETAT SOCIAL (I.N.S.S.), que
formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, la parte actora, a la que
se dio traslado, lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar a lo acontecido.
FALLO
Se estima el recurso de
Suplicación interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la
sentencia dictada, en fecha 4 de junio de 2012. Por consecuencia revocan la
sentencia de instancia, y absuelven al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL, a la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y a la AGENCIA ESTATAL DE
LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA de las pretensiones deducidas en su contra, sin
hacer expreso pronunciamiento sobre costas.
Aunque recuerdan que la
resolución no es firme y que se puede interponer Recurso de Casación para la
Unificación de Doctrina, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
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